Con la expedición de la reciente Ley 1834 del 27 Mayo de este año, también conocida como “Ley Naranja” se busca desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas en nuestro país.
Por industrias creativas se entiende las referentes al cine, la música, la arquitectura, el diseño, los festivales y carnavales, todo ello enmarcado dentro de los sectores de patrimonio ancestral, siendo las áreas que más se ajustan a este concepto la literatura, la música, el teatro, las artes visuales y escénicas, el diseño, la televisión, la radio, la arquitectura, la cultura y la recreación, es decir aquellas que generan valor en razón de sus bienes y servicios, los cuales se fundamentan en la propiedad intelectual.
Lo que se pretende con la presente ley, es promover la adecuada financiación que permita desarrollar la Economía Creativa, abriéndose líneas de crédito a los artistas, a largo plazo y con mejores condiciones.
De igual manera, impulsar la construcción de infraestructura cultural y creativa para que los departamentos y municipios, tengan la posibilidad de contar con espacios que permitan esta finalidad, tales como museos, bibliotecas, centros culturales, teatros e infraestructura digital tendiente a democratizar el acceso a conectividad e Internet de alta velocidad.
Dentro de las ventajas de la presente ley, se encuentra la posibilidad de generar empleos, entre 700.000 y 1.300.000, dado que este tipo de empresas permite transformar las ideas creativas en bienes y servicios, generando mayores ingresos para la región.
Dentro de las estrategias para motivar este sector se encuentran los incentivos fiscales para personas naturales y jurídicas que promuevan, patrocinen y auspicien las actividades de la Economía Creativa y en el cual el Estado trabajará con el sector privado para proteger los derechos de los creadores.
En igual sentido, se incrementará la disponibilidad de capital semilla y capital emprendedor para emprendimientos creativos mediante procesos concursales de acuerdo con la ley, promocionando el gobierno nacional la formación en disciplinas culturales y creativas e incrementando las becas y créditos para tal fin.
Para el caso del desarrollo de actividades como festivales y carnavales, se contemplará las opciones de otorgamiento de zonas francas temporales que permitan la gestión de estos eventos, facilitando la contratación y adquisición de bienes y servicios, así como la importación temporal y la reexportación de equipos, elementos e implementos.
Así mismo los entes territoriales deberán mapear sectores como el editorial, el audiovisual, el fonográfico, las artes visuales, las artes escénicas y de espectáculos, el turismo y el patrimonio cultural material e inmaterial, la educación artística y la cultural, entre otros, con el objetivo de tener un contexto claro de la situación actual de estos.
De esta manera la presente ley, permitirá abrir la posibilidad de un incremento en los presupuestos para el sector, así como fomentar una racionalidad de programas y estrategias desde lo gubernamental que fomenten todo lo que está reunido en el contexto de “industrias culturales”.
EDWIN RIAÑO CORTES
Abogado – Contador Público
Magister en Derecho
Docente Catedrático
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