La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Unilever Colombia con una multa $766.820.800 tras confirmar que la compañía incurrió en información y publicidad engañosa en diferentes piezas publicitarias emitidas durante la promoción de sus productos de las líneas “Dove Reconstrucción completa” y “Pond´s Age Miracle”.
La sanción se impulsó luego de la decisión que tomó la Superintendencia, con base en el material probatorio recaudado. La publicidad engañosa de los productos incluía las frases: “puede evitar el daño del cabello antes de que ocurra”, “nutre profundamente evitando el 90% del daño antes de que ocurra” de la línea; y, “Pond’s age miracle “Una solución para reducir las arrugas y las manchas de la edad”, entre otros.
El procedimiento administrativo sancionatorio también demostró que las condiciones anunciadas en la publicidad objeto de investigación, no cuentan con respaldo científico que las sustente. En consecuencia, se vulneró el derecho de los consumidores a: recibir protección contra la publicidad engañosa y obtener información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos anunciados y que no los induzca en engaño.
Esto, según la entidad, viola lo dispuesto por los artículos 23, 29 y 30 del Estatuto del Consumidor. La Superintendencia confirmó que contra esta decisión procede el recurso de reposición y/o el de apelación. Por ahora la empresa no ha emitido un pronunciamiento oficial.
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